El lunes 28 de septiembre de 2015 se conmemoró el Día Internacional del Derecho a Saber, instituido en 2002 por la Freedom of Information Advocates Network (FIAN) (Red de Defensores de la Libertad de Información), luego de un encuentro de Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) dedicadas a promover el Derecho a la Información (DAI) […]
El lunes 28 de septiembre de 2015 se conmemoró el Día Internacional del Derecho a Saber, instituido en 2002 por la Freedom of Information Advocates Network (FIAN) (Red de Defensores de la Libertad de Información), luego de un encuentro de Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) dedicadas a promover el Derecho a la Información (DAI) en el mundo, y que realizaron en Sofía, Bulgaria.
Entre los integrantes latinoamericanos de la Freedom of Information Advocates Network (FIAN) destacan: Fundar, Centro de Análisis e Investigación, de México; la Asociación de Periodistas de Uruguay; la Asociación por los Derechos Civiles de Argentina; el Consejo de la Prensa Peruana; el Consejo de Transparencia de Chile; la Fundación Ideas para la Paz de Colombia; y Transparencia Brasil, entre otros.
El Derecho a la Información es el Derecho Humano de toda persona, para atraerse información, informar y ser informada, por cualquier medio.
Reconoce que la Información debe entenderse en un sentido amplio, se trata de datos, hechos, noticias, opiniones e ideas, que se pueden recibir, acopiar, almacenar, tratar y difundir por diversos instrumentos, espacios y tecnologías: carta; telegrama; teléfono; espectro radioeléctrico; Internet; medios de comunicación impresos, así como electrónicos.
Tiene tres aspectos básicos:
1) El derecho de atraerse información, que incluye las facultades de decidir qué medio se lee, se escucha o se contempla, así como tener acceso a los archivos, registros y documentos públicos.
2) El derecho a informar, que incluye las libertades de expresión y de imprenta, así como la integración de sociedades y empresas informativas.
3) El derecho de la persona a ser informada, que incluye las facultades de recibir información objetiva y oportuna, la cual debe ser completa y con carácter universal.
El Estado Mexicano ha firmado y ratificado tratados internacionales por los que se obliga a respetar y garantizar el Derecho a la Información, como la Convención Americana de Derechos Humanos, en 1969; y desde 1977 se incluyó en el Artículo 6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).
Es por eso que el Derecho a Saber es tan amplio, como lo reconoce la Organización de las Naciones Unidas (ONU) a través la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) en la Declaración de Brisbane, en la que se destacó una de las particularidades del Derecho a Saber: el Derecho de Acceso a la Información Pública.
“…que cada persona tiene derecho a tener acceso a la información que está en manos de entidades públicas en todos los planos, local, nacional e internacional;
…que es primordial para adoptar decisiones con conocimiento de causa, para la participación en la vida democrática y para fomentar la transparencia y la rendición de cuentas, y representa una poderosa herramienta para luchar contra la corrupción;
…que contribuye decisivamente a promover la autonomía de la población y a fortalecer la confianza cívica, así como a promover la igualdad de todos los grupos de la sociedad, entre ellos las mujeres y los pueblos indígenas…”.
Por esta relevancia de extensa dimensión y convergencia temática, que va desde la Libertad de Expresión, el derecho a conocer sobre el tratamiento que le dan a nuestros Datos Personales en instancias públicas y privadas, hasta el Derecho de Acceso a la Información Pública, es que el reciente 8 de septiembre de 2015, nuevamente a través de la UNESCO, se plantea fortalecer el 28 de septiembre instituido en el 2002 por la FIAN, como el Día Internacional del Derecho de Acceso a la Información.